Lo Que No Sabías de los Bienes en una Convivencia sin Matrimonio
¿Sabías que convivir en unión libre puede tener implicaciones legales sobre los bienes adquiridos durante la relación? En Colombia, la "unión marital de hecho" establece que después de dos años de convivencia, los bienes forman parte de una sociedad patrimonial. Este artículo te explicará todo lo que necesitas saber sobre este tema crucial.
Diferencias Entre Sociedad Patrimonial y Sociedad Conyugal
La sociedad patrimonial y la sociedad conyugal son figuras jurídicas que regulan la propiedad de los bienes adquiridos durante una relación. La principal diferencia radica en el momento de su constitución:
- Sociedad Conyugal: Se constituye automáticamente al contraer matrimonio. Todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges.
- Sociedad Patrimonial: En la unión libre, esta sociedad se forma después de dos años de convivencia continua. Solo los bienes adquiridos después de este período son considerados parte de la sociedad patrimonial.
Implicaciones Legales de la Sociedad Patrimonial
Una vez que la pareja ha convivido por más de dos años, todos los bienes adquiridos a partir de ese momento son compartidos, sin importar quién los haya comprado. Esto significa que, en caso de separación, cada miembro de la pareja tiene derecho a la mitad de estos bienes.
Ejemplo Práctico
Supongamos que Ana y Carlos han vivido juntos en unión libre por tres años. Durante este tiempo, han comprado un carro y han invertido en un apartamento. Según la ley colombiana, ambos bienes son parte de la sociedad patrimonial, por lo que, en caso de separación, Ana y Carlos tendrán derecho a una parte igual de estos bienes.
Conclusión: Importancia de Entender la Sociedad Patrimonial
Es fundamental que las parejas en unión libre comprendan la figura de la sociedad patrimonial. Saber que después de dos años de convivencia, los bienes adquiridos son compartidos puede evitar malentendidos y disputas legales en el futuro.
Si llevas más de dos años viviendo con tu pareja, los bienes que adquieran serán parte de una sociedad patrimonial, similar a una sociedad conyugal en el matrimonio. Esto implica que, en caso de separación, ambos tendrán derechos sobre estos bienes.
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