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Evita sanciones por no pagar la liquidación de los contratos de trabajo a tiempo

Cuando un empleador no realiza el pago de los salarios y/o prestaciones sociales del trabajador o lo hace parcialmente, el trabajador puede exigir la sanción moratoria. Esta sanción consiste en el pago de un día de salario por cada día de retraso, protegiendo el derecho a la remuneración del trabajador y su núcleo familiar. Sin embargo, su aplicación no es automática, ya que se debe evidenciar la mala fe, negligencia y desinterés por parte del empleador.

¿Qué es la Sanción Moratoria?

La sanción moratoria es una indemnización establecida en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Este artículo dispone el pago de un día de salario por cada día de retraso en el pago de salarios y/o prestaciones sociales al finalizar el contrato de trabajo. Es un mecanismo legal para asegurar que los trabajadores reciban sus remuneraciones en el tiempo adecuado, protegiendo su bienestar y el de sus familias.

Condiciones para su Aplicación

Para que la sanción moratoria sea aplicable, se deben cumplir ciertas condiciones:

  1. Adeudo de Salarios y/o Prestaciones Sociales:
  • La sanción moratoria puede ser reclamada cuando se adeuden salarios y todos los conceptos que lo constituyen (como comisiones y horas extras, según el artículo 127 del CST) y prestaciones sociales (como primas, cesantías e intereses de cesantías).
  • Incompleto o Retención Ilegal de Pagos:
    • La sanción moratoria se aplica cuando el empleador no paga o paga parcialmente los salarios o prestaciones sociales. Esto incluye:
      • Retenciones ilegales del salario o prestaciones sociales: Esto ocurre cuando el empleador realiza descuentos no autorizados por el trabajador, como descuentos por pérdidas, deudas, o arrendamiento, que no sean aquellos autorizados expresamente por el trabajador (por ejemplo, libranzas, retenciones en la fuente y embargos judiciales).
      • Mala liquidación de primas o cesantías: Si el empleador no incluye todos los componentes que constituyen salario según el artículo 127 del CST (como horas extras, dominicales y comisiones) en la liquidación de las prestaciones sociales.
  • Evidencia de Mala Fe:
    • La sanción moratoria requiere evidencia de mala fe por parte del empleador, lo cual implica actuar con malicia, engaño, o intención de obtener ventajas a costa del trabajador. Según la Corte Suprema de Justicia, la mala fe se manifiesta en acciones faltas de sinceridad y en perjuicio del interés ajeno (Sentencia 35678 de febrero 1 del 2011). Además, la apatía, dejadez, negligencia y desinterés en pagar también constituyen mala fe.

    ¿Cuándo No Opera la Sanción Moratoria?

    La sanción moratoria no se aplica en los siguientes casos:

    • No pago de vacaciones
    • Auxilio de transporte
    • Dotación
    • Pago incompleto de indemnización por despido injusto

    La sanción moratoria, establecida en el artículo 65 del CST, es una herramienta legal para asegurar que los salarios y prestaciones sociales sean pagados de manera completa y oportuna. Es crucial que los empleadores cumplan con las normativas laborales para evitar incurrir en esta sanción cuantiosa, protegiendo así los derechos de los trabajadores y manteniendo una relación laboral justa y equitativa.

    Si has experimentado retrasos en el pago de tus salarios o prestaciones sociales, contacta a TS Abogados para obtener asesoría legal. Nuestros expertos en derecho laboral están listos para ayudarte a defender tus derechos y garantizar que recibas el pago justo y oportuno que te corresponde.

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